Tema del caso
Adopción de integración, alcance pleno, derecho a la identidad y organización familiar.
Sentencia destacada · Derecho de familia
La sentencia hizo lugar a una adopción de integración plena, ampliando el vínculo familiar sin extinguir los vínculos jurídicos existentes del adolescente.
Adopción de integración, alcance pleno, derecho a la identidad y organización familiar.
Aplicación de los arts. 621, 630, 631 y concordantes del Código Civil y Comercial.
Se otorgó la adopción de integración con efecto pleno y se dispuso la inscripción registral correspondiente.
En un proceso de derecho de familia tramitado en Rosario, se solicitó la adopción de integración de un adolescente por parte del cónyuge o conviviente de su progenitor/a. La petición buscaba consolidar jurídicamente una realidad familiar ya existente, respetando el interés superior del adolescente y su identidad.
La resolución destacó que la adopción de integración no tiene por finalidad extinguir, sustituir o restringir vínculos familiares previos, sino ampliar la protección jurídica mediante la incorporación de una persona que ya cumple un rol familiar relevante.
El tribunal consideró aplicable la flexibilización de los tipos adoptivos prevista por el Código Civil y Comercial. Por eso, admitió la adopción de integración con efecto pleno y mantuvo los vínculos jurídicos existentes cuando correspondía, conforme a la situación familiar analizada.
La sentencia señaló que, cuando el adoptado tiene doble vínculo filial, puede admitirse la flexibilización de los tipos adoptivos y otorgarse una adopción plena manteniendo vínculos jurídicos existentes.
También remarcó que en la adopción de integración no se pretende extinguir o restringir vínculos, sino ampliarlos mediante la integración de un tercero que no fue originalmente parte de la familia.
En consecuencia, resolvió hacer lugar a la demanda y otorgar a XXX la adopción por integración con efecto de plena de XXX, con DNI, datos registrales y demás información personal reservada. Asimismo, dispuso que el adoptado llevara en adelante el nombre XXX.
Este antecedente resulta relevante para familias ensambladas que necesitan regularizar un vínculo afectivo y parental ya consolidado. En casos de adopción de integración, cada detalle importa: el consentimiento, la historia familiar, el interés superior de niños, niñas o adolescentes, la identidad y el alcance jurídico de la adopción solicitada.